Lleida dispone de una amplia oferta de ríos y embalses para practicar la pesca. El Departament de Medi Ambient de
la Generalitat de Catalunya señala que genéricamente se puede pescar en todas las aguas donde no esté explícitamente prohibido.
Por lo tanto, no se puede pescar en los Parques Nacionales, en las Reservas de Fauna, en los Espacios naturales protegidos
donde se especifique la prohibición de la pesca y en las Reservas naturales integrales. Además existen Refugios de pesca continental,
los cuales son refugios biológicos, zonas donde se prohibe pescar, con el fin de proteger o fomentar la fauna ictiológica. En estos parajes no se puede
pescar ni repoblar ninguna especie. Queda prohibida la recolección de cebos naturales permitidos para la pesca de
la trucha.
Departamento de Medio Ambiente y Vivienda
de la Generalitat de Catalunya
Para poder ejercer la práctica de la pesca recreativa en Catalunya, se debe disponer de una licencia de pesca recreativa,
la cual autoriza a su titular a pescar en superficies en las aguas continentales y marítimas. Para pescar en una zona de pesca controlada,
es necesario, además, el permiso personal e intransferible, que en el caso de los salmónidos tiene una duración de un
día.
La licencia de pesca se puede obtener en las oficinas comarcales, y en los servicios territoriales del Departamento de Agricultura, Ganadería
y Pesca y en los servicios territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, en la Federación Catalana de
Pesca Esportiva i Càsting. .
La licencia de pesca recreativa es gratuita para aquellas personas que acrediten su condición de jubilados, que estén en situación de incapacidad
permanente total o absoluta y para los menores de catorce años.